Cómo se calcula la liquidación en Ecuador
La liquidación o finiquito reúne todos los valores pendientes al terminar la relación laboral. Según el motivo de salida cambia la bonificación: en renuncia aplica la bonificación por desahucio (Art. 185); en despido intempestivo se suma la indemnización del Art. 188. En todos los casos se pagan los proporcionales de décimo tercero, décimo cuarto, fondos de reserva y vacaciones no gozadas.
Base legal
Artículos 185 (desahucio) y 188 (despido intempestivo) del Código del Trabajo, más las disposiciones sobre décimos, fondos de reserva y vacaciones. El décimo cuarto se calcula sobre el SBU 2026 ($482).
Ejemplo práctico
Un trabajador con sueldo de $800 y 4 años de servicio que es despedido intempestivamente recibe la indemnización del Art. 188 (4 sueldos = $3.200) más la bonificación de desahucio del Art. 185 (25% × 4 = $800), además de sus proporcionales.