Guías · Liquidación
¿Cuánto recibo si renuncio en Ecuador?
Al renunciar recibes la bonificación por desahucio (25% de tu última remuneración por cada año de servicio) más todos tus proporcionales. No recibes la indemnización del despido.
La bonificación por desahucio (Art. 185)
Equivale al 25% de tu última remuneración mensual por cada año completo trabajado. Por ejemplo, con un sueldo de $800 y 4 años de servicio:
25% × $800 × 4 años = $800
Calcula lo que te toca →Tus proporcionales no se pierden
- ✓ Décimo tercero proporcional
- ✓ Décimo cuarto proporcional
- ✓ Vacaciones no gozadas
- ✓ Fondos de reserva pendientes (si no eran mensualizados)
Renuncia vs. despido: la diferencia clave
Si te despiden intempestivamente, además de la bonificación por desahucio recibes la indemnización del Art. 188 (mínimo 3 sueldos), que no aplica cuando renuncias por voluntad propia.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto recibo de bonificación si renuncio? ▾
La bonificación por desahucio es el 25% de tu última remuneración mensual por cada año completo de servicio (Art. 185 del Código del Trabajo).
¿Al renunciar pierdo mis proporcionales? ▾
No. Aunque renuncies, conservas el derecho a los proporcionales de décimo tercero, décimo cuarto, vacaciones no gozadas y fondos de reserva.
¿La renuncia da indemnización como el despido? ▾
No. La indemnización del Art. 188 solo aplica al despido intempestivo. En la renuncia se paga la bonificación por desahucio, que es menor.
¿Debo avisar con anticipación si renuncio? ▾
Sí. El desahucio implica notificar tu decisión de terminar la relación laboral; el aviso se formaliza ante el Ministerio del Trabajo.