Guías · Liquidación

¿Cuánto recibo si renuncio en Ecuador?

Al renunciar recibes la bonificación por desahucio (25% de tu última remuneración por cada año de servicio) más todos tus proporcionales. No recibes la indemnización del despido.

La bonificación por desahucio (Art. 185)

Equivale al 25% de tu última remuneración mensual por cada año completo trabajado. Por ejemplo, con un sueldo de $800 y 4 años de servicio:

25% × $800 × 4 años = $800

Calcula lo que te toca →

Tus proporcionales no se pierden

  • ✓ Décimo tercero proporcional
  • ✓ Décimo cuarto proporcional
  • ✓ Vacaciones no gozadas
  • ✓ Fondos de reserva pendientes (si no eran mensualizados)

Renuncia vs. despido: la diferencia clave

Si te despiden intempestivamente, además de la bonificación por desahucio recibes la indemnización del Art. 188 (mínimo 3 sueldos), que no aplica cuando renuncias por voluntad propia.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto recibo de bonificación si renuncio? ▾

La bonificación por desahucio es el 25% de tu última remuneración mensual por cada año completo de servicio (Art. 185 del Código del Trabajo).

¿Al renunciar pierdo mis proporcionales? ▾

No. Aunque renuncies, conservas el derecho a los proporcionales de décimo tercero, décimo cuarto, vacaciones no gozadas y fondos de reserva.

¿La renuncia da indemnización como el despido? ▾

No. La indemnización del Art. 188 solo aplica al despido intempestivo. En la renuncia se paga la bonificación por desahucio, que es menor.

¿Debo avisar con anticipación si renuncio? ▾

Sí. El desahucio implica notificar tu decisión de terminar la relación laboral; el aviso se formaliza ante el Ministerio del Trabajo.